Estoy suspendida, pero el empleador me permite trabajar todavía

Buenos días a todos.

Tengo una preocupación: Estoy suspendida, pero mi empleador todavía me permite trabajar. No tuve opción sino que trabajar aunque fue el día en el que estuve suspendida porque nadie hará mi trabajo. Ahora, durante los días que estoy suspendida, no recibí ninguna compensación. ¿Es correcto?

Comentarios

  1. Es la prerrogativa de la administración — permitiéndote a trabajar a pesar de estar suspendido. Pero, si te permite a trabajar, deberías recibir tu compensación.
    Las fechas cuando los empleados deberían servir su suspensión siempre es la prerrogativa de la administración. Es la discreción de la compañía porque está en la mejor posición determinar el tiempo más ideal cuando la ausencia del empleado suspendido tiene el impacto menor en las operaciones. Incluso si el aviso de suspensión fue emitido, la administración tiene el derecho cambiar las fechas sin aviso anterior, obligarle al empleado que trabaje y reprograme las fechas de suspensión (ya se ha pasado una parte de la suspensión). Por supuesto, deja un gusto amargo en la boca porque la administración envía una señal a los demás que el empleado suspendido es “demasiado importante". Pero, el punto general es que ninguna ley detendrá que la administración reprograme una suspensión. Sin embargo, cuando el empleado suspendido es obligado volver a trabajar, debería ser documentado que su suspensión está temporalmente detenida y estará reprogramada. Por tanto, el empleador necesita pagar el sueldo porque, de acuerdo con el artículo 84 del Código de la Labor, “Las horas trabajadas incluirán el tiempo durante el cual donde un empleado debe estar en la oficina o activo durante las horas laborales.”
    Será fácil para el Departamento de la Labor y el Empleo, si decides pleitear contra la compañía. Muéstrale solo la prueba de tu asistencia durante los días donde eres obligada trabajar y el Departamento de la Labor y el Empleo le exigirá a tu empleador que te pague, y no podrá hacer así. Al final, el Departamento de la Labor y el Empleo mandará que tu empleador te pague.

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    1. Señor, se pone en mi nómina las reducciones de los días en que estuve suspendida, pero seguí trabajando.

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    2. Vamos a analizar bien tu situación. Por favor, contesta las siguientes preguntas:
      1. ¿Cuándo se te emitió el memorándum de suspensión? ¿Cuál es la fecha?
      2. ¿Cuántos días estás suspendida? ¿Cuáles son los días especificados en el memorándum de suspensión?
      3. ¿Cuáles son los días de tu suspensión en que trabajaste?
      4. ¿Cuándo es la fecha límite de la nómina en tu compañía?

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    3. 1. El 1 de octubre de 2024
      2. 20 días, estoy suspendida todos los lunes.
      3. Todos los lunes
      4. El 10º día del mes y el 25º día del mes

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    4. ¿Todos los lunes por 20 semanas? ¿Es verdad? Si es así, dices que ya estás suspendida el 7, 14, 21, y 28 de octubre; el 4, 11, 18, 25 de noviembre; y el 2 de diciembre (un total de nueve días), y vas a pasar el resto de los días del 9 de diciembre hasta el 17 de febrero, omitiendo los días feriados.
      No contestaste la cuarta pregunta. Te estaba preguntado sobre la fecha límite de la nómina, no el desembolso. Los dos días que indicaste son las fechas límite de la nómina. Sin embargo, si trabajas el 7, 14, 21, y el 28 de octubre, deberías recibir el pago por los cuatro días el 10 o el 25 de noviembre. Así como cuando trabajas el 4, 11, 18, y el 25 de noviembre, deberías recibir el pago por esos cuatro días el 10 o el 25 de diciembre. Ya que no dijiste cuándo es la fecha límite de la nómina, no estoy seguro cuáles días trabajaste en noviembre. Pero tienes certeza sobre los días en octubre. Tu nómina debería reflexionar el sueldo por esos días en que trabajaste.
      Adivino que no informaste a tu jefe sobre la nómina. Así que, por supuesto, la base de la nómina es el memorándum de tu suspensión. El protocolo adecuado es que la cantidad de la nómina no puede agregarse ni restarse sin aviso escrito. Así que, si no existe ninguna documentación que trabajaste, no hay base en la nómina para que recibas tu pago. Pienso que tu empleador es testarudo. Ahora, si el equipo de recursos humanos sabe que trabajas todos los lunes y no le gusta pagarte, es otra historia. Y si ya solicitaste una queja en el Departamento de la Labor y el Empleo y el empleador forma una alianza contigo, yo diría que es absolutamente sorprendente. Envíame un mensaje personal del fallo emitido por el Departamento de la Labor y el Empleo, y lo analizaré.

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    5. Ya fui al Departamento de la Labor y el Empleo, pero a mi empleador no le gusta resolver el asunto.

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    6. Envíale a tu empleador otra vez la invitación del Departamento de la Labor y el Empleo. ¿Hay deudas monetarias involucradas?

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  2. Voy a sugerir que nuestros administradores desactiven la publicación de comentarios en esta publicación.
    Las perspicacias y las opiniones de los miembros pueden perjudicar el caso ya enviado al árbitro de la labor. Ambos partidos esperan la programación de la audiencia en la Comisión Nacional de Relaciones Laborales.
    La autora de la publicación y yo tuvimos una conversación que duró seis horas, desde las 19:30 hasta a las 2 de la mañana. Me proveyó todas las evidencias materiales que incluyeron los documentos disciplinarios y sus nóminas. He leído cuidadosamente estos documentos y le proveí mi opinión profesional sobre sus probabilidades de ganancia en el tribunal laboral. Le sugerí que contratara un abogado para que le ayude pronto.
    Déjame mencionar también que, por nuestra conversación, yo podía sacar a luz muchos detalles no mencionados en la publicación original. Es comprensible porque si narrara todos los detalles, habría cinco hojas de papel en un documento. No podemos esperar que nuestros miembros que buscan ayuda escriban una publicación muy larga. Así que, necesitamos agotar los medios saber los detalles. De otro modo, podemos formular conclusiones equivocadas o sesgadas que pueden ser desfavorables para tanto el empleado como el empleador. Si faltan algunos detalles, hay que preguntar al autor que los provea, o dar nuestra opinión basada en ciertas asunciones o premisas (es decir, si es lo que dices, pues he aquí mi opinión). Por eso, acomodo los autores que me envían mensajes personales. Soy capaz de descubrir un montón de detalles invisibles por preguntarles un montón de preguntas y obligarles que entreguen documentos importantes. Todas las publicaciones tendrán detalles invisibles, y muchas de ellas son cruciales al hacer conclusiones lógicas, objetivas, y razonables. Como dijo Antoine de Saint-Exupéry, el autor de la novela El Principito, "lo esencial es invisible a los ojos." Si faltamos ver lo invisible, podemos faltar ver lo esencial.

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